Política de cookies
Este sitio usa cookies propias y de terceros para facilitar la navegación y obtener información de estadísticas de uso de nuestros visitantes. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar cookies'
Para más información consulta nuestra Política de cookies
Política de cookies
La Seccion Sindical del Grupo Bankinter informa que este sitio web usa cookies para
Informamos que contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a la de esta Sección Sindical que podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.
A continuación encontrará información detallada sobre qué son las cookies, qué tipo de cookies utiliza este sitio web, cómo puede desactivarlas en su navegador y cómo bloquear específicamente la instalación de cookies de terceros.
¿Qué son las cookies?
Las cookies son archivos que los sitios web o las aplicaciones instalan en el navegador o en el dispositivo (smartphone, tablet o televisión conectada) de la persona usuaria durante su recorrido por las páginas del sitio o por la aplicación, y sirven para almacenar información sobre su visita.
El uso de cookies permite optimizar la navegación, adaptando la información y los servicios ofrecidos a los intereses de la persona usuaria, para proporcionarle una mejor experiencia siempre que visita el sitio web.
Tipología, finalidad y funcionamiento
Las cookies, en función de su permanencia, pueden dividirse en cookies de sesión o permanentes. Las primeras expiran cuando la persona usuaria cierra el navegador. Las segundas expiran cuando se cumple el objetivo para el que sirven (por ejemplo, para que la persona usuaria se mantenga identificada en el sitio web) o bien cuando se borran manualmente.
Adicionalmente, en función de su objetivo, las cookies utilizadas pueden clasificarse de la siguiente forma:
Para más información puedes consultar la guía sobre el uso de las cookies elaborada por la Agencia Española de Protección de Datos en https://www.aepd.es/sites/default/files/2020-07/guia-cookies.pdf
Cookies utilizadas en este sitio web
A continuación, se muestra una tabla con las cookies utilizadas en este sitio web
Cookie | Tipología | Propósito |
---|---|---|
PHPSESSID, config, logbkco,... | Imprescindibles | Mantener la coherencia de la navegación, optimizar el rendimiento del sitio web y guardar la configuración de cookies seleccionada por el usuario. Mantener al usuario en la sesión activa. |
Terceros* | Permitir la medición y análisis de la navegación en las páginas. Seleccionar tipo de navegación para distintos dispositivos. Utilizar el buscador integrado de Google y permitir la elección de idioma para la lectura de páginas web. | |
Youtube | Terceros* | Visualizar videos de la plataforma, relacionados con temas sindicales, incrustados en la web. |
Terceros* | Mostrar información incrustada de la red social Twitter. | |
* Se corresponde con cookies gestionadas por terceros que permiten el seguimiento de la persona usuaria a través de webs de las que la Sección Sindical del Grupo Bankinter no es titular. Puede corresponderse con cookies donde se identifica a la persona usuaria de manera única y evidente. |
Deshabilitar el uso de cookies
La persona usuaria en el momento de iniciar la navegación de la web, configuró la preferencia de cookies.
Si en un momento posterior desea cambiarla, puede hacerlo a través de la configuración del navegador.
Todos los navegadores modernos permiten cambiar la configuración de cookies. Estos ajustes normalmente se encuentran en las Opciones o Preferencias del menú del navegador.
La persona usuaria podrá, en cualquier momento, deshabilitar el uso de cookies en este sitio web utilizando su navegador. Hay que tener en cuenta que la configuración de cada navegador es diferente. Puede consultar el botón de ayuda o bien visitar los siguientes enlaces de cada navegador donde le indicará como hacerlo: Internet Explorer, Edge, FireFox, Chrome, Safari
También existen otras herramientas de terceros, disponibles on-line, que permiten a la persona usuaria gestionar las cookies.
¿Qué ocurre al deshabilitar las cookies?
Algunas funcionalidades y servicios pueden quedar deshabilitados, tener un comportamiento diferente al esperado o incluso que se degrade notablemente la experiencia de navegación de la persona usuaria.
Actualización de la Política de cookies
La Sección Sindical del Grupo Bankinter puede modificar esta política de cookies en función de exigencias legislativas, reglamentarias, o con la finalidad de adaptar dicha política a las instrucciones dictadas por la Agencia Española de Protección de Datos, por ello se aconseja a la persona usuaria que la visite periódicamente.
Cuando se produzcan cambios significativos en esta política de cookies, se comunicará a través de la web.
Configuración de cookies
Desde aquí puede activar o desactivar las cookies que utilizamos en este sitio web, a excepción de las de técnicas, que son imprescindibles. Si no selecciona ninguna opción, equivale a rechazar todas las demás cookies.
Cookies técnicas y de sesión, estrictamente necesarias
Permiten mantener la coherencia de la navegación y optimizar el rendimiento del sitio web, son imprescindibles
Cookies de terceros
Política de cookies | Configurar cookies |
Configurar cookies |
Política de cookies |
Nuestro compromiso con el Banco lo demostramos día a día, pero ¿seremos correspondidos?
La nómina te lo dice. Cobramos nuestro salario ¿y algo más? ¿Te pagan Complemento de empresa? ¿Que te diferencia a ti en especial? Consúltalo desde aquí:
PRÓXIMOS EVENTOS ¡AFÍLIATE! - Cualquier día es bueno para afiliarse, sobre todo cuando tienes todos estos motivos para hacerlo...... +info
Este texto afecta solo a: |
| Fecha de actualización: 16/05/2023 |
Todos los trabajadores, que tengan al menos un año de antigüedad en la empresa, pueden solicitar una excedencia voluntaria, por un plazo no menor a 4 meses, y no mayor a 5 años. Para poder solicitarla no se tiene que haber disfrutado de otro período de excedencia en los cuatro años anteriores. Cuando la excedencia, sea menor a 5 años, se podrá prorrogar hasta el 5º año.
Durante el período de excedencia NO se tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo.
El período íntegro de la excedencia NO se computa a efectos de la antigüedad del empleado.
El trabajador NO tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional.
Las obligaciones convertibles y las condiciones de los préstamos NO se mantienen durante todo el período de excedencia.
No se puede solicitar la reincorporación antes de la fecha de finalización de la excedencia.
El excedente voluntario que reingrese ocupará la primera vacante de su Nivel que se produzca en la misma plaza en la que prestaba sus servicios al quedar en situación de excedencia. En tanto no exista dicha vacante, podrá ocupar, si así lo desea, con el sueldo de su Nivel consolidado, una vacante de Nivel inferior en la misma plaza, siempre que la Empresa acceda a ello, o ser destinado a otra plaza en la que existiera vacante de su mismo Nivel. En caso de que la empresa cubra estos puestos sin ofrecer al excedente el reingreso, este tendrá que demandar la empresa por despido improcedente. Podrá solicitar el cobro de la prestación de desempleo con el escrito de la empresa en donde conste que no es readmitido o que en ese momento no se puede reincorporar. El plazo de prescripción para la demanda es de un año desde la fecha en que el trabajador tenga conocimiento o sospeche de la existencia de la vacante.
TRÁMITES
Informar a tu responsable.
Enviar una carta firmada a Gestión de Personas, por duplicado, para que devuelva una de ellas con el acuse de recibo. Desde que presentes la solicitud, la empresa dispone de un mes para aceptarla. Puedes utilizar esta carta tipo donde verás la información que van a necesitar en Gestión de Personas para poder tramitar la excedencia.
Una vez recibida la carta en Gestión de Personas, procederán a tramitar la liquidación. Antes de la fecha de baja recibirás toda la documentación de la liquidación, que incluye: el finiquito y una carta en la que la empresa concede una excedencia por el período solicitado (esta carta es sólo un requerimiento administrativo pues, en ningún caso, la empresa puede negar a un trabajador el derecho a esta excedencia).
ACLARACIONES
Obligatoriedad: Esta Excedencia es un derecho por Ley, por lo que la empresa está obligada a concederla a cualquier empleado que la solicite..
Condiciones de empleado: Al causar baja en la empresa, es imprescindible cancelar todas las posiciones deudoras, abiertas como empleado. Si quieres mantenerlas es necesario renegociar con la oficina las condiciones, a modo cliente del Banco. Si solicitas el importe deudor con otra entidad, el plazo máximo para la cancelación de dichas posiciones será de 15 días a contar desde su fecha de baja.
En cuanto al Préstamo Hipotecario, el diferencial establecido para empleados será modificado (si así se establece en la escritura) por la oficina correspondiente, a la revisión del préstamo, y deberá ser cambiado por el firmado en la póliza inicial.
La cuenta de empleado perderá las condiciones exclusivas, en el momento de causar baja en el Banco.
Prórroga: Podrá solicitarse una prórroga de la excedencia voluntaria, siempre que no se hayan consumido los 5 años de período máximo. Es potestad de la empresa concederla o no, pues ni en el Estatuto ni en el convenio existe ninguna regulación sobre esta opción. Es aconsejable solicitarla un mes antes del fin de la excedencia que se esté disfrutando. Te facilitamos una carta tipo.
Finalización: Durante el último mes antes de finalizar el tiempo de excedencia solicitado, es imprescindible que envíes una comunicación a Gestión de Personas, anunciando la intención de reincorporarte. En caso contrario se sobreentiende que no te quieres reincorporar a la empresa, perdiendo todos tus derechos. Puedes utilizar esta carta tipo, también por duplicado para que Gestión de Personas devuelva una de ellas con el acuse de recibo.
Actividades en excedencia: Durante la excedencia podrá desarrollarse cualquier actividad profesional que no entre en conflicto con el objeto de la misma ya que es su prioridad, y, en ningún caso se podrán prestar servicios a otro Banco, privado u oficial, ni a Entidades o Empresas competidoras de la Banca, tales como; Instituciones de Crédito, Cajas de Ahorro, Cajas Rurales, Sociedades de Financiación, etc. Si se presta servicio a alguna de dichas Entidades, se perderán todos los derechos en Bankinter.
IMPORTANTE
Bajo ningún concepto, la reincorporación tras un período de excedencia conlleva la firma de un nuevo contrato.
Encuentra el número perfecto para jugar al CCOOPONAZO
El número 3755 está libre, puedes adquirirlo pinchando aquí.