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| Fecha de actualización: 17/10/2019 |
Licencia no retribuida desde una semana hasta seis meses por hospitalización o enfermedad grave de familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad:
Este permiso no puede solicitarse más de una vez cada dos años.
Finalizado el período de permiso, se llevará a cabo la reincorporación al día siguiente de su finalización, en el mismo puesto de trabajo que el empleado prestaba sus servicios al iniciar el permiso.
Para esta licencia, la empresa suspende temporalmente el contrato por lo que no cotiza por el empleado en la Seguridad Social. Se resta de la antigüedad el período de licencia. No se da de baja al empleado en ninguna base de datos de la empresa. Y, se restan del total de días de vacaciones la parte proporcional a la licencia solicitada.
Licencia no retribuida de un mes por hospitalización prolongada por enfermedad grave de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad que convivan con el empleado:
Finalizado el período de permiso, se llevará a cabo la reincorporación al día siguiente de su finalización, en el mismo puesto de trabajo que el empleado prestaba sus servicios al iniciar el permiso.
Para esta licencia, la empresa suspende temporalmente el contrato por lo que no cotiza por el empleado en la Seguridad Social. Se resta de la antigüedad el período de licencia. No se da de baja al empleado en ninguna base de datos de la empresa. Y, se restan del total de días de vacaciones la parte proporcional a la licencia solicitada (2 días).
Licencia no retribuida de una semana a un mes por necesidades familiares debidamente acreditadas:
En las necesidades familiares se entenderá incluido entre otras, la adopción en el extranjero y el sometimiento a técnicas de reproducción asistida.
Este permiso no puede solicitarse más de una vez cada dos años.
Para esta licencia, la empresa suspende temporalmente el contrato por lo que no cotiza por el empleado en la Seguridad Social. Se resta de la antigüedad el período de licencia. No se da de baja al empleado en ninguna base de datos de la empresa. Y, se restan del total de días de vacaciones la parte proporcional a la licencia solicitada.
Asistencia médica:
Se concederá permiso para el acompañamiento a los servicios de asistencia sanitaria de hijos o hijas menores de catorce años y de familiares mayores de primer grado de consaguinidad y afinidad que no puedan valerse por sí mismos.
En estos supuestos, por tratarse de permisos no retribuidos, el trabajador y la empresa podrán establecer mecanismos de compensación horaria.
Obligatoriedad: Esta Licencia es un derecho por Ley, por lo que la empresa está obligada a concederla a cualquier empleado que la solicite.
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