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| Fecha de actualización: 17/10/2019 |
Todos los trabajadores que cuenten con una antigüedad mínima de un año en la empresa, tendrán derecho a disfrutar permiso sin sueldo por un máximo de un mes y por una sola vez cada año. No obstante, alternativamente, dicho permiso podrá ser fraccionado en dos períodos máximos de quince días naturales, uno en cada semestre del año.
Las empresas podrán denegar la concesión de estos permisos cuando en las mismas fechas se encuentren disfrutándolos el siguiente número de trabajadores:
Empresas de uno a 20 trabajadores: Un trabajador.
Empresas de 21 a 50 trabajadores: Dos trabajadores.
Empresas de 51 a 100 trabajadores: Tres trabajadores.
Empresas de más de 100 trabajadores: Más del 3 por 100 del personal.
En estos casos, el número de trabajadores indicados no podrá pertenecer a un mismo departamento de la empresa.
Obligatoriedad: Esta Licencia es un derecho por Ley, por lo que la empresa está obligada a concederla a cualquier empleado que la solicite.
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