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La persona que trabaja a tu lado no solo es bancario, te sorprendería ver cuanto talento para pintar, escribir, fotografiar, componer o tocar música,... en BKarte disponemos de un espacio donde mostramos todo ese talento y dedicación.
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PRÓXIMOS EVENTOS (PARA HOY): NÓMINA OCTUBRE - Si tu convenio es de banca o consultoría hoy tienes tu salario abonado en cuenta... +info
Que muy pocos conocemos cuáles son nuestros derechos y lo que ellos implican, es algo que descubrimos a menudo en las visitas a las oficinas y en muchas de las consultas que los compañeros afectados nos hacen. Circunstancia esta que dice muy poco de una gestión de personas innovadora, y que busca la excelencia del empleado, como tantas veces se nos repite, pero que no deja de ser "papel mojado" en cuanto ponemos los pies en la tierra. Pero son menos aún los "valientes" que se atreven a usar y a ejercer estos mismos derechos, ante "los hábiles y cautivadores argumentos" de sus responsables comerciales, (conviene no olvidar que también son gestores de personas) que les despejarán cualquier atisbo de duda para ejercer aquellos. (Y doy por sentado que generalizar es la más injusta de las descalificaciones).
Una de las circunstancias que más nos pueden afectar tanto a nivel personal como profesional (y no siempre de forma negativa) durante nuestra trayectoria laboral es la del cambio de puesto de trabajo.
Por tanto, cuando te comuniquen o te hablen de un próximo cambio, primero infórmate de sus implicaciones, en cómo te afecta no solo en el momento presente, sino también para el futuro. Y cuando conozcas y sepas, decide en función de lo que estimes conveniente, pero primero, conoce.
En primer lugar, si el movimiento implica un desplazamiento superior a 25 kilómetros entre ambos centros de trabajo, el actual y el destino, la ley ampara tu negativa. Tu traslado sin tu consentimiento no es legal. Y, por tanto, podrás negarte.
Solo si tú accedes, podrás negociar o el banco te ofrecerá una compensación económica, solo para 5 años y siempre que no te acerquen a casa o te promocionen profesionalmente. Transcurridos los 5 años podrán eliminar la cuantía económica. (ver caso 1)(ver caso 2)
Otros cambios son los funcionales, como el paso de subdirector a director de cuenta, por ejemplo, o los cambios de segmento. En estos supuestos hemos de tener en cuenta que la empresa los puede hacer, en principio (algunos casos tendríamos que estudiarlos de forma individualizada) sin ningún impedimento. Se entiende que son actuaciones que forman parte de la organización de la empresa, y esta es competencia exclusiva de la misma.
Ahora bien, estos cambios pueden afectar en la cuantía salarial. La tarjeta identificativa con la que te denomina el banco, tiene o puede tener repercusiones económicas que te conviene conocer con antelación para decidir hasta dónde puedes llegar en la negociación con tu responsable comercial, que muy probablemente, "te ofrecerá" dicho cambio. O al menos, como plantear el tema.
En definitiva, ante cualquier propuesta o imposición de cambio, valora no solo cómo te afecta para el presente, sino también cómo te puede condicionar el futuro o actuaciones siguientes. Por eso nuestro consejo es que preguntes, que te informes, que valores, y después con toda la información en tu poder, DECIDE. Tu decisión podrá venir motivada por la presión, por el miedo o por la ilusión de un cambio, pero que nunca sea causa del desconocimiento.