Política de cookies

Este sitio usa cookies propias y de terceros para facilitar la navegación y obtener información de estadísticas de uso de nuestros visitantes. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar cookies'

Para más información consulta nuestra Política de cookies


REVISTA EL_ESPEJO: Propuestas - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

OPINIÓN DE El cid Campeador para BKCLIMA:

VER TODOS LOS BKCLIMAS


Hace días perdí,
todo complemento,
en ese treinta de subida...
...(leer más)
Hace días perdí,
todo complemento,
en ese treinta de subida...
Hoy te intento contar
Que todo va bien,
aunque no me lo creo...
Aunque a estas alturas
Un último esfuerzo,
es que yo no lo veo...
Y aun cumpliendo en seguros,
las nubes se van,
mas el complemento no regresa...

EL ESPEJO

ÍNDICE ARTÍCULOS

REVISTA EL_ESPEJO: Propuestas

Javier Arranz

Una reestructuración de plantilla (de ser necesaria) puede hacerse de manera inteligente y respetuosa con los empleados. Sólo la necedad de los prepotentes es lo que convierte un hecho cotidiano dentro de las relaciones laborales en una tragedia extraordinaria que dejará una huella indeleble en la historia de esta empresa.

Presentamos a Bankinter la siente plataforma de reestructuración no traumática de plantilla:

PREJUBILACIONES

Colectivo afectado: empleados con 56 o más años de edad.

Base del Cálculo: la mayor de estas dos cantidades, 85% del salario total neto o 100% del salario total de convenio.

Tiempo del Cálculo: desde que se produzca la baja, hasta la edad real de jubilación establecida por la normativa actual.

Importe de Prejubilación: la suma total de percepciones resultantes de aplicar la Base del Cálculo durante el Tiempo del Cálculo, descontando la prestación por desempleo e incluyendo el pago del Convenio Especial a la Seguridad Social.

Capitalización: los rendimientos del Importe de Prejubilación serán propiedad del prejubilado. La empresa ofrecerá la posibilidad de instrumentarlo en una póliza de seguros con una rentabilidad garantizada.

Forma de pago: pago único, formalizado en despido.

Pensión del Convenio Colectivo: los empleados que tengan derecho a esta pensión (contratados antes de marzo de 1980) recibirán el importe correspondiente a lo que cobraría de pensión hasta la edad establecida como esperanza de vida, actualizado a día de hoy.

Fiscalidad: La empresa compensará el impacto fiscal que suponga el abono total de las percepciones (Importe de Prejubilación + Pensión del Convenio Colectivo).

BAJAS INCENTIVADAS

1 - Colectivo afectado: empleados hasta 55 años de edad sin derecho a pensión del Convenio Colectivo.

Importe baja:

2 - Colectivo afectado: empleados con 50 - 55 años de edad con derecho a pensión del Convenio Colectivo.

Importe baja:

Indemnización de 45 días/año + la parte correspondiente a lo que cobraría de pensión hasta la edad establecida como esperanza de vida, actualizado a día de hoy.

Este importe nunca podrá ser inferior al incentivo establecido en el punto 1 para los empleados de antigüedad de 23 años o más.

EXCEDENCIAS INCENTIVADAS

Excedencia de 3 años con reserva de puesto de trabajo, abonando al trabajador el total de las percepciones a la Seguridad Social que se ahorre la empresa durante los 3 años.

REDUCCIÓN DE JORNADA INCENTIVADA

Posibilidad de reducir la jornada en una hora (jornada de 7 horas durante todo el año, sin comida) en la que, en lugar de aplicar una reducción del 6,80%, se aplicará del 4,5%.

Título: REVISTA EL_ESPEJO: Propuestas

Opina sobre esta intervención: Tu mensaje se verá a pie de la misma.

Es el nombre que aparecerá firmando tu mensaje

Para opinar en nuestra web necesitamos saber que eres tú, solo utilizamos el usuario para darte acceso, no aparecerá en ningún otro sitio.

Puedes escribir caracteres.

Marca este campo si quieres que te avisemos cuando alguien conteste a tu intervención