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Escribir un artículo en el que mostramos nuestro descontento con el proceder de algunos compañeros es siempre duro e incómodo, pero no podemos dejar de hacerlo cuando la consecuencia de ese proceder es el despido de otros compañeros.
En los últimos tiempos estamos asistiendo a un incremento importante de sanciones y despidos por auditorías. Es evidente que cuando se demuestra un acción punible debe ser castigada, eso nadie lo pone el duda, el problema surge cuando la investigación se vuelve parcial.
Nos hemos encontrado con actitudes por parte de algún auditor que exceden con mucho su competencia. Por ejemplo:
El trabajo del auditor interno no suele tener muy buena prensa entre los compañeros, y es injusto pues su labor es necesaria y fundamental, pero debe realizarse con absoluto rigor y objetividad, pues de sus conclusiones depende el futuro laboral del trabajador auditado. Y mantener siempre el respeto por los compañeros, teniendo en cuenta que la presunción de inocencia es una garantía consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Un auditor no es juez. Quien tiene el poder de juzgar y sancionar es el Comité de Ética. Y ahora vamos con la segunda parte.
Qué clase de Comité de Ética tenemos que no da opción a los trabajadores a exculparse. ¿Qué ética es la que aplican? La ley establece que ante un expediente sancionador el empleado tiene derecho a confeccionar un pliego de descargos para poder defenderse respondiendo a las acusaciones realizadas.
En el último despido disciplinario del Comité de Ética, basado en un informe de auditoría carente de todo rigor, realizamos desde la Sección Sindical el pliego de descargos para defender al compañero en el que explicábamos todos los errores, imprecisiones y contradicciones del informe, pero antes de que les diera tiempo a leerlo ya le habían presentado la carta de despido al compañero.
El Comité de Ética aplica una presunción de veracidad a los auditores que debería replantearse, porque la realidad no lo respalda… y aunque la respaldara, no sólo es obligación legal, sino ética y moral, dar audiencia al imputado. Viviendo estos casos en primera persona, tal como nos sucede a los delegados de la Sección Sindical, nos sentimos realmente horrorizados de comprobar la ligereza con la que se decide despedir a los empleados de esta casa.
Después de lo escrito aquí es inevitable que los compañeros de auditoría se sientan incómodos e incluso agredidos. Sólo podemos decir que este artículo se basa en hechos constatados. Los auditores que no se sientan reflejados en estas líneas están realizando bien su cometido, nada que objetar. Los que se hayan sentido aludidos, que reflexionen y valoren si están haciendo bien su trabajo.