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REVISTA EL_ESPEJO: Acuerdo sobre disponibilidad en S.I. - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

OPINIÓN DE El cid Campeador para BKCLIMA:

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Hace días perdí,
todo complemento,
en ese treinta de subida...
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Hace días perdí,
todo complemento,
en ese treinta de subida...
Hoy te intento contar
Que todo va bien,
aunque no me lo creo...
Aunque a estas alturas
Un último esfuerzo,
es que yo no lo veo...
Y aun cumpliendo en seguros,
las nubes se van,
mas el complemento no regresa...

EL ESPEJO

ÍNDICE ARTÍCULOS

REVISTA EL_ESPEJO: Acuerdo sobre disponibilidad en S.I.

Nuria Abad

Nos lamentábamos en el anterior número de El_Espejo.es de no haber logrado un acuerdo con Raúl Burgos y GdP que definiera las condiciones y obligaciones que deberíamos tener dentro de Sistemas de Información para garantizar los servicios que realiza este equipo fuera del horario laboral.

Tuvimos finalmente la reunión y manteniendo algunas discrepancias que esperamos vayan desapareciendo poco a poco (como son los pases a producción en horario fuera de jornada, o la cantidad que entendemos es insuficiente, entre otros). Sí nos pareció un avance significativo algunas de las propuestas que nos hicieron y que ya están implementadas (podéis acceder al acta de esta reunión en nuestra web)

Les pedíamos en esa reunión el ejercicio de publicación para que todos conociéramos con exactitud las obligaciones y compensaciones de este acuerdo escrito que seguimos esperando y confiamos ver algún día recogido con normalidad. Así como los servicios que estaban afectados y que necesitan disponer de esta cobertura.

Lo que nos ofrece la empresa, es por cada dos fines de semana de disponibilidad una compensación económica de 360,61 euros y por cada día festivo (no domingo), otros 360,61 euros, cantidad igual para todos los niveles, por estar vigilando los servicios y actuar en el caso de ocurrir alguna incidencia.

A lo que estamos obligados es a mantenernos a una distancia razonable del centro de trabajo para poder acudir a él en caso de necesidad. No es obligatoria la presencia física en el centro si existen alternativas que nos permitan realizar esas tareas de supervisión e intervención desde otras ubicaciones.

Esta relación laboral "atípica" debe tener un reflejo escrito para que en caso de incidentes, accidentes u otras contingencias podamos demostrar que estábamos realizando tareas profesionales acordadas con la empresa y por cuestiones lógicas no puede recaer siempre sobre la misma persona.

No está incluido el servicio de supervisión o actuación en los sistemas después de la jornada laboral durante el resto de la semana (lunes a viernes) donde seguimos dependiendo en la buena voluntad de las personas y en el azar a la hora de localizarlas y de que puedan intervenir.

Título: REVISTA EL_ESPEJO: Acuerdo sobre disponibilidad en S.I.

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