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Imagino que recordaréis el tema principal del anterior número de El_Espejo.es, "Bankinter funciona, pero... por las malas" con un dibujo significativo en el que desde el sindicato tirábamos de una mula que representaba a Bankinter, para conducirla hacía el camino de los acuerdos y derechos, mientras caía una suave lluvia de denuncias.
Pues bien, parece que el camino no ha hecho más que empezar, en abril y en mayo, hemos firmado dos acuerdos con el banco que se nos resistían desde hace tiempo.
El primero es el Protocolo de Violencia Externa. Desde hace mucho tiempo veníamos exigiendo a Bankinter la creación de un protocolo que estableciera el sistema de actuación de los empleados del Grupo Bankinter, así como proporcionara sistemas de control ante situaciones de violencia externa en las que medien cualquier tipo de agresión física o psíquica. Hablamos de un asunto muy relevante en un tiempo como el actual en el que la tensión social con la banca es muy alta por ser la generadora, junto al sector del ladrillo, de la crisis española en concreto y mundial en general. (Ver artículo).
El protocolo acordado se refiere a la violencia externa que tiene su origen en clientes agresivos e incluye el lenguaje ofensivo y las amenazas (abusos verbales, palabras vejatorias, insultos...) y las agresiones físicas (empujones, patadas, puñetazos, mordiscos...) y establece el procedimiento de actuación, la responsabilidad de cada persona y área implicada y consejos de actuación ante un violento. Estos son los consejos:
El segundo es el acuerdo alcanzado para que los premios del Bonus y del BAI no se vean penalizados por ciertas circunstancias concretas.
El inicio de esta reclamación se remonta a una sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2015 que establece que la condición biológica de la mujer no puede conllevar un perjuicio en su retribución, por lo que no debe minorarse los premios a los que tenga acceso cuando ejerza los derechos que tiene por ser madre.
En agosto de 2015 empezamos a instar a Bankinter a llegar a un acuerdo para aplicar la jurisprudencia del TS. Por su parte, la Empresa inicio sus habituales tácticas de dilación con lo que el asunto comenzó a demorarse con promesas de poner en marcha tal o cual sistema. En diciembre de 2016, cuando se nos agotó la paciencia y, por otro lado, ya habíamos cambiado las reglas de relación con el banco (como pudiste leer en el artículo "Bankinter funciona, pero... por las malas" del anterior número de El_Espejo.es), acudimos a los tribunales. Antes de ir al juzgado, en los conflictos colectivos, es necesario pasar por el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje, así que en enero de 2017, nos vimos allí con Bankinter. En ese acto, ante los mediadores, la Dirección adquirió el compromiso de llegar a un acuerdo con nosotros.
En las negociaciones, además de incluir las situaciones derivadas de la condición biológica de la mujer, es decir, la baja por riesgo durante el embarazo, el permiso de maternidad y la lactancia acumulada, también logramos introducir el permiso de paternidad, el permiso de maternidad disfrutado por el padre, la lactancia disfrutada por el padre y las bajas médicas producidas por situaciones de violencia de género.
Nos atrevemos a decir que es el acuerdo en materia de protección de la maternidad y paternidad más completo del sector.
El funcionamiento consiste en que los objetivos individuales (y los comunes de captación que afecten sólo a una persona) del Bonus Comercial se ajustarán al tiempo realmente trabajado, es decir, descontando los períodos en los que la trabajadora o el trabajador se haya encontrado durante el año en alguna de las situaciones mencionadas, pero el premio del bonus se cobrará íntegro, sin ajuste.
Los objetivos comunes del Bonus Comercial, no se ajustarán porque afectan a más de una persona, pero si se alcanzan, la trabajadora o el trabajador que durante el año se haya encontrado en alguna de las situaciones mencionadas, cobrará el premio íntegro, sin reducción.
En cuanto al premio BAI, no se ajustará el importe del mismo para ninguna de las circunstancias descritas, por lo que si se consigue, la trabajadora o el trabajador que durante el año se haya encontrado en alguna de las situaciones mencionadas, cobrará el premio íntegro.
Como el acuerdo se ha firmado en mayo, pero es de aplicación desde el 1 de enero, todas las trabajadoras y trabajadores que hayan estado en alguna de las circunstancias descritas desde el día 1 de enero deben comunicarlo a GdP al buzón bajamedica@bankinter.com antes del 30 de junio de 2017.
De la misma manera, a partir de ahora, cada trabajador y trabajadora que se encuentre en alguna de las situaciones descritas deberá enviar una comunicación al buzón mencionado para que se tenga en cuenta en los cálculos del Bonus Comercial y del premio BAI.
Finalmente, aunque sin firmar acuerdo, Bankinter ha atendido otra reclamación que teníamos pendiente desde 2010, ya que desde ese año, los trabajadores que pasamos de Bankinter SA a Bankinter GS perdimos en nuestra nómina las referencias a la categoría bancaria y la antigüedad en banca.
Como podréis comprobar en vuestras nóminas, ya aparece la antigüedad en banca y la categoría bancaria.
A ver si podemos imbuir en el ADN de Bankinter esta manera de trabajar sin tener que estar recurriendo constantemente a los tribunales.
Enhorabuena a todos.