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El pasado 18 de julio, se celebró en Barcelona, el juicio de nuestra compañera Laura Galán. Alegando necesidades del servicio, se le cambia de puesto de trabajo, pasando de subdirectora en la ag. 6 de Barcelona, a apoderada administrativa en la SP. Este cambio implica un perjuicio económico para nuestra compañera, porque le rompen su carrera profesional como subdirectora a solo tres meses del cambio de nivel, y pierde además su bonus comercial, ya que el apoderado no tiene, pero también tiene un perjuicio social y profesional, porque de tener colaboradores que dependían de ella, pasa ahora a ser ella subordinada del subdirector de la oficina.
Y todo ello a pocos meses de haberse reincorporado a la oficina después de haber sido madre, en lo que podría considerarse una discriminación a futuro ante la posibilidad de que fuera a ejercer su derecho de acogerse a la reducción de jornada.
El plan de igualdad que tenemos actualmente está obsoleto y fuera de la ley, porque no incluye medidas contrastables, cuantificables y efectivas.
Este cambio es a nuestro entender una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y por tanto, una vulneración de derechos fundamentales, por lo que Laura quiso que fueran los tribunales los que decidieran y demandó al banco.
En el caso de una sentencia favorable, Laura tendrá que ser “devuelta” a su puesto de subdirectora en la 0506.
Con independencia de que los hechos denunciados se consideren o no probados, y que, en función de ello, nos den o no la razón, (¡ya hemos ganado! Leed el artículo "¡Los tribunales dan la razón a Laura!"), los argumentos utilizados por el banco en el desarrollo del juicio, y admitiendo que son tretas judiciales, despiertan cierta sensación de engaño y de frustración. Un cierto regusto amargo, y de mala fe en el juego.
Y así, el proceder en este juicio, ha servido entre otras cosas, para mostrar la calidad de algunos de los gestores que deciden sobre las personas, porque puede que sean unos fenómenos en el negocio, y sepan vender como nadie, pero es que la gestión de las personas no es negocio, ni venta, y sí, una asignatura que requiere empeño y aptitudes, algo de lo que a menudo carecen.
Resulta patético y hasta inmoral, (si gestionas personas) escuchar cómo al juez se le explican y argumentan las razones que motivaron el cambio de Laura; y a ella se le niegan estas explicaciones y se las esconden bajo la tan manida expresión de “necesidades de servicio”.
Me enerva escuchar cómo se niega la existencia de situaciones anómalas con el argumento de que no hay ni una sola denuncia sobre las mismas, o que no se ha recibido ninguna queja. Argumentar que en Bankinter no se perjudica a las madres porque nadie se ha quejado es faltar a la verdad e ignorar la realidad.
De hecho, hemos presentado una denuncia en la Inspección de Trabajo con casos concretos en los que entendemos que a la mujer con reducción de jornada se la penaliza y castiga en el banco.
Todos conocemos y sabemos de actuaciones que atentan a nuestros derechos, y que nadie denuncia por temor a las represalias, pero que no se denuncie no significa que no existan.
Cada vez que dejes de usar y de reclamar lo que es tu derecho, estarás dándole al banco argumentos para negar su vulneración y razones para justificar su inexistencia.
Argumentar que en Bankinter no se perjudica a las madres porque nadie se ha quejado es faltar a la verdad e ignorar la realidad.
Me enerva escuchar que la denuncia se produce porque la parte demandante es delegada sindical, que las únicas quejas vienen de los delegados sindicales.
Si acaso no fueran ellos los que reclamaran y denunciaran, ¿quiénes lo van a hacer? Doble perjuicio se produce, pues, cuando es el delegado sindical el que no denuncia si se vulnera alguno de sus derechos. No sólo porque se perjudica él mismo, y a todos los que le han elegido, sino también porque pierde toda credibilidad en su función.
Me enerva escuchar que con la denuncia de Laura, pretendemos obtener alguna ventaja en la negociación del plan de igualdad. Cuando el plan de igualdad que tenemos actualmente está obsoleto y fuera de la ley, porque no incluye medidas contrastables, cuantificables y efectivas que combatan la realidad, y es el banco el que está demorando su modificación, porque se niega a incluir soluciones que subsanen las situaciones de desigualdad que existen en Bankinter.
Una sentencia favorable ayudaría a colocar muchas cosas en su sitio.