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REVISTA EL_ESPEJO: Trabajo de superior categoría - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

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EL ESPEJO

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REVISTA EL_ESPEJO: Trabajo de superior categoría

Javier Arranz

En abril de este año, le pasamos a Gestión de Personas una relación de los empleados que estimábamos que estaban realizando trabajos de superior categoría a la que tienen asignada.

El motivo de esta reclamación es que el artículo 8 del Convenio Colectivo establece que si un trabajador realiza funciones de superior categoría durante 6 meses debe pasar a esa categoría y cobrar en consonancia.

La lista era de 6 compañeros en el caso de Gneis y 15 en el caso de Bankinter, de los que, la mayoría llevaban más de 6 meses realizando dichas labores.

Tras mucha insistencia por nuestra parte, hemos conseguido que se aplique la categoría de Técnico a 11 compañeros, 5 de Gneis y 6 de Bankinter. Y a 3 más de Bankinter se les revisará la categoría en breve.

Aunque la noticia nos satisface (y más a los compañeros afectados), todavía nos queda 1 persona de Gneis y 6 de Bankinter, que entendemos que deberían estar ubicadas en un nivel superior, y seguiremos insistiendo con ellas, para conseguir su correcta categorización.

En el caso concreto de la persona de Gneis, Gestión de Personas, nos ha comunicado que le aplicarán la categoría correcta dentro de 9 meses, circunstancia que vulnera total y conscientemente, la obligación marcada por el artículo 8 del Convenio Colectivo en el que se establece que el período máximo durante el que se pueden realizar tareas de superior categoría es de 6 meses.

Seguiremos insistiendo con este asunto para conseguir que a los seis meses se ubique y remunere correctamente a este compañero.

Título: REVISTA EL_ESPEJO: Trabajo de superior categoría

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