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QUÉ SUPONE EL PLAN DE AJUSTE
Las medidas promovidas por el Gobierno en el plan de ajuste: congelar pensiones, rebajar el salario a los empleados públicos, suprimir el período transitorio para adaptar el régimen de jubilación parcial o ajustar el período de carencia para tener derecho a pensión hasta 15 años, suprimir la retroactividad en materia de dependencia, reducir la inversión pública, son:
Injustas y desequilibradas. Injustas pues la congelación de las pensiones afecta a uno de los sectores más débiles de la sociedad como es el de los pensionistas. Asímismo la supresión de la retroactividad de la dependencia castiga a aquellas personas más desvalidas además de premiar a la CC.AA. que menos y peor han desplegado la Ley. Recortar los salarios de los empleados públicos también es injusto pues se hace hurtándoles el derecho a la negociación y amparándose en una imagen construida interesadamente por la cual se les ve como unos privilegiados, olvidando que se trata de colectivos con salarios moderados y bajos, fundamentales para garantizar el funcionamiento del país y los servicios básicos a la comunidad. Desequilibradas ya que se opta por reducir el gasto abandonando cualquier objetivo de incrementar los ingresos. Todos debemos enfrentar sacrificios, pero debemos recordar que los trabajadores ya los estamos soportando en forma de pérdida de puestos de trabajo y ausencia de expectativas de encontrarlo, además de haber aceptado pactar acuerdos para la negociación colectiva que suponían una moderación salarial hasta el año 2012. Alguno de ellos es ahora incumplido por el Gobierno.
Antieconómicas. Reducir la capacidad de compra de pensionistas y empleados públicos provocará un descenso del consumo cuando la reactivación económica precisa estimular la demanda. Por otra parte, la reducción de la inversión en obra pública frenará la actividad económica y supone renunciar a crear empleo en ese ámbito y provocará pérdida adicional de puestos de trabajo. El propio Gobierno ha reconocido que la previsión de crecimiento, se verá mermada por el impacto de estas medidas.
Una quiebra de la legitimidad del diálogo social. La congelación de las pensiones va en contra de 15 años de consenso en torno al Pacto de Toledo que ha permitido garantizar la viabilidad de nuestro sistema público, una de cuyas regulaciones legales, como es la revalorización anual de las pensiones, se va a dejar sin efecto. En este mismo sentido, reducir el salario de los empleados públicos “por decreto” supone un flagrante incumplimiento de los acuerdos suscritos entre Gobierno y sindicatos.
Una amenaza a la negociación colectiva en el sector privado que había sido objeto de acuerdo entre empresarios y sindicatos en el Acuerdo de Negociación Colectiva 2010-2012. Empieza a ser significativo el número de convenios que debían negociarse y que desde el anuncio del plan de ajuste se han bloqueado o roto por las pretensiones empresariales de aplicar rebajas salariales a rebufo de lo planteado por el Gobierno en la función pública.
QUÉ SUPONE LA REFORMA LABORAL
La CEOE, ha hecho fracasar la negociación con su pretensión de aprovechar la crisis para salir de ella con una posición de ventaja, esto es: conseguir ahora lo que en otra coyuntura no hubiera podido lograr.
El Gobierno con su actitud pasiva y sensible a las reivindicaciones empresariales también ha contribuido al fracaso de la negociación.
Finalmente el Real Decreto promovido por el Gobierno, que es regresivo y socialmente injusto, facilita y abarata el despido, incrementa la temporalidad, da mayor poder a los empresarios y pone en riesgo elementos importantes de la negociación colectiva.
ANÁLISIS REAL DECRETO DE REFORMA LABORAL
SOBRE CONTRATACIÓN:
Las medidas aprobadas generalizan el contrato de fomento de la contratación indefinida dejando el contrato ordinario en peligro de extinción.
En contratación temporal: no se adoptan medidas eficaces para reducir la temporalidad injustificada. La falta de regulación del contrato fijo discontinuo hará que el eventual por circunstancias de la producción siga operando como hasta ahora en las actividades estacionales. El contrato de obra o servicio, que no se desvincula de las contratas y subcontratas, se limita, pero el texto aprobado seguirá permitiendo el encadenamiento de contratos (varias personas podrán rotar en un mismo puesto de trabajo). No se hace ninguna nueva referencia al contrato a tiempo parcial (por la oposición de CEOE). La única regulación que despierta nuestro interés es la referente al contrato de formación.
Para la conversión de temporales al contrato de fomento de la contratación indefinida se establece el horizonte del 2011 cuando nosotros planteábamos el 2010, para evitar que la vía de entrada al mercado laboral sea la contratación temporal.
SOBRE FLEXIBILIDAD INTERNA:
El Gobierno ha atendido alguno de nuestros planteamientos en relación con el denominado “modelo alemán”, en la lógica de incentivar el reparto del tiempo de trabajo y la reducción de jornada antes de recurrir al despido.
Extiende a 2011 la posibilidad de operar con ERE de suspensión temporal con reposición de prestaciones.
La negociación colectiva se ve debilitada al cuestionar el texto de la Reforma la eficacia vinculante de los convenios colectivos.
En materia de modificación sustancial de condiciones de trabajo el RDL, en la medida que las causas están vinculadas a las que operan para el despido objetivo, otorga un mayor poder al empresario en detrimento de una flexibilidad negociada y con participación sindical.
Amplía considerablemente las posibilidades del descuelgue salarial en la línea demandada por CEOE.
SOBRE EL DESPIDO:
Causas: se flexibiliza el despido por causas económicas y se amplía considerablemente por causas técnicas, organizativas y productivas, que ahora pasan a ser suficientes para justificar el despido. Abre las causas para hacer más previsible el despido objetivo, pues se admite éste para prevenir una futura “evolución negativa” sin requerir que la empresa acredite las dificultades de forma “real, actual y efectiva”.
Improcedencia y nulidad: Las empresas ya no tendrán obstáculo para intentar el despido objetivo reconocido improcedente, pues los defectos en la tramitación del mismo ya no dan lugar a la nulidad.
Coste del despido: al flexibilizarse y ampliarse las causas del despido se produce automáticamente un abaratamiento del mismo. Para el caso del contrato de 33 días también se produce el abaratamiento del despido porque a las empresas les bastará con recurrir en la carta a las palabras “despido objetivo” para que la indemnización por despido improcedente pase de 45 a 33 días; y además, se pueden acoger al denominado “despido express” sin necesidad de abonar los salarios de tramitación.
Financiación: el FOGASA asumirá la indemnización de 8 días tanto para el despido objetivo procedente –a lo que no nos oponemos– como al despido objetivo improcedente que merece nuestro rechazo, ya que un despido sin causa no puede ser financiado por el erario público.
SOBRE LA INTERMEDIACIÓN:
Se legaliza la intervención de las agencias con ánimo de lucro, sin abordar el reforzamiento de los Servicios Públicos de Empleo, y se les atribuyen funciones de competencia administrativa que deberían residir exclusivamente en dichos Servicios Públicos.
Igualmente, las ETT podrán operar en las Administraciones Públicas sin someterse a las garantías constitucionales de igualdad, mérito y publicidad.
SOBRE LAS BONIFICACIONES:
Se reconducen en línea con lo planteado por los sindicatos, si bien no se desvincula su financiación de la
Seguridad Social.
EXISTEN ALTERNATIVAS DESDE UNA POSICIÓN SOCIAL Y PROGRESISTA
Hay otras opciones y otras políticas. Es necesario apostar por una Europa más social en la que la política deje de estar sometida a las fuerzas del mercado.
Una política que reduzca el déficit público mediante el incremento de los ingresos y no sólo mediante la reducción del gasto, y que planifique el cumplimiento de los objetivos de déficit del Pacto de Estabilidad y Crecimiento de la Unión Europea en plazos compatibles con la reactivación económica y la creación de empleo.
Una nueva política fiscal, que refuerce la estructura de ingresos del Estado, recuperando impuestos suprimidos y apostando por una mayor recaudación basada en la progresividad fiscal, a la vez que se combata con mayor determinación y medios el fraude fiscal que lastra nuestra economía, alcanzando tasas que prácticamente duplican la media de la Unión Europea.
Una reforma del sistema financiero que garantice los controles políticos de los mismos, que ejerzan la función que tienen encomendada que es la de hacer fluir el crédito a las familias y empresas, y con un sistema de cajas de ahorro que preserve su carácter social.
Una política económica que dé prioridad al crecimiento y la creación de empleo y que invierta en las personas, en los sistemas de protección social, en la inversión productiva y en el cambio de patrón de crecimiento basado en un sector industrial fuerte, la investigación, el desarrollo y la innovación, y en la formación de los trabajadores.
LA NECESIDAD DE LA HUELGA GENERAL
Está en juego como se enfrenta la crisis, si repartimos equitativamente los costes de la crisis, si asume mayores sacrificios quien más tiene y si salimos de la crisis con derechos laborales y sociales en una economía que se sustente sobre pilares diferentes a los que nos han llevado a esta situación o, por el contrario, salimos de la misma manera en la que entramos, con el mismo patrón de crecimiento y debilitando más los derechos laborales, los sistemas de protección y los servicios públicos.
En este sentido, debemos exigir:
La reconducción del plan de ajuste, restableciendo los derechos de los pensionistas, los empleados públicos y el mantenimiento de la inversión en obra pública.
La retirada de una reforma laboral lesiva que facilita el despido y empeora las condiciones de trabajo.
La negociación colectiva como marco de protección de las condiciones de trabajo, frente a los intentos de devaluarla y de individualizar las relaciones laborales.El mantenimiento del sistema público de pensiones como eje central de nuestro sistema de protección social, y su adecuación a la evolución social a través del acuerdo político y social.