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La batalla por la adaptación de jornada.
Soy un empleado de BKGS y tengo una jornada reducida de 7.30 a 14.30.
El día 31 de julio de 2020 solicité por escrito a GdP la adaptación de la jornada de trabajo para la conciliación de la vida laboral y familiar, de conformidad con el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, en los siguientes términos:
Con esta petición daba la posibilidad de llegar a un acuerdo ofreciendo a la empresa un trabajador que estuviera disponible hasta las 18:00, dando respuesta a una vieja demanda de la que por aquel momento era mi responsable.
La empresa tiene la obligación legal de responder a esta solicitud en un plazo de 30 días. Gestión de Personas ignoró la norma y no respondió en plazo. No hicieron contraoferta. No existió negociación. Su mail con una “no respuesta” llegó cuando ya había empezado el proceso judicial. Los eslóganes con los que nos bombardean casi a diario sobre la importancia de los empleados no soportan el más mínimo examen.
Todos los indicios muestran que la Dirección de la empresa basa su estrategia para negar todas las solicitudes de adaptaciones de jornada (y casi de cualquier otra cosa) en la escasa probabilidad de que un trabajador se exponga a llevar esa decisión a los Tribunales para hacer valer su derecho. El miedo es lo único realmente libre que queda en el mundo y los trabajadores estamos aterrados con hacer el menor ruido por si termina teniendo consecuencias.
En este caso su estrategia falló por dos motivos:
Decidí denunciar para conseguir un derecho que la Ley me reconoce.
Llegamos a un acuerdo de mínimos ante mi clara determinación de entrar en Sala del Tribunal tras varias horas negociando y que, como todo acuerdo, no terminó de agradar a ninguna de las partes.
En las varias horas que duró la negociación, el abogado que representaba a la Dirección dijo tres cosas que interiorice y que todo trabajador debe tener en mente:
Yo pretendía un acuerdo de paz definitiva y, según parece, solo pusimos fecha a la siguiente batalla.
Con el acuerdo bajo el brazo me presenté, a las 7.30 de la mañana, en mi departamento y lo puse en conocimiento de mis responsables.
Según se me informó, mis compañeros se habían quejado por mis horarios privilegiados. Nunca, jamás, un compañero me ha hecho el más mínimo comentario, pero para evitar que alguien imaginara una relación de causalidad entre mi horario y mi condición de delegado sindical, decidí enviar el acta de conciliación a todos mis compañeros de departamento explicándoles que este acuerdo se había logrado tras el incumplimiento de GdP de su obligación legal de contestar en plazo a mi petición, la inexistencia de una contraoferta/negociación con la empresa y en una dura negociación con un abogado antes de entrar en la Sala de un Tribunal.
El acuerdo se hizo público y empecé a recibir felicitaciones principalmente de compañeras en las que, en muchos casos, me decían que me envidiaban. Has leído compañeras porque son las mujeres las que suelen poner en riesgo su carrera profesional pidiendo reducciones de jornada o adaptaciones de jornada para cuidar a sus hijos. En un ejercicio de nula empatía por mi parte, las invitaba a solicitar la adaptación y, en caso de no llegar a un acuerdo, denunciar la situación. Un amigo me hizo ver la realidad y toda la mentira del discurso Mr. Wonderfull que yo mantenía. “Las élites rara vez se consideran élite, para ellas su burbuja es lo normal” sentenció, muerto de la risa, mientras me mostraba la realidad: "entiende que eres un privilegiado porque la empresa no podrá hacerte nada. Eres del sindicato" (quería decir "delegado sindical"). Me enfadé por mi estupidez.
La batalla por el horario reducido y adaptado en las guardias.
Sí, también soy el empleado de BKGS que, tras leer la normativa Política de Regulación del complemento de cantidad/calidad de enero 2019 para saber el motivo por el que la Dirección, en plena pandemia, pagó la mitad por festivo trabajado, ha decidido cumplir la norma y realizar las 7 horas de su jornada reducida y luchar por realizar el horario acordado por adaptación en las guardias que se me asignen.
Ahora, a la espera de ver qué ocurre con el teletrabajo y lo establecido en el nuevo Convenio de Banca, toca luchar para que la Dirección respete la norma que la propia Dirección emitió sobre festivos. La norma sobre el complemento de cantidad/calidad en su punto 6 establece que la jornada total “la prestación de servicios durante un número de horas equivalente a las establecidas por el día laboral en la empresa en la que el empleado haya prestado servicios. A estos efectos, se considera jornada total cuando su duración sea al menos de 7 horas” y añade que “a los empleados con reducción de jornada [...] se les aplicará el cómputo de horas considerando la jornada que realicen según se ha descrito en este apartado...”.
Argumentando esta norma, he solicitado:
La Dirección no ha emitido una respuesta clara y, en su último mail hace un ejercicio de procrastinación magistral postergando la respuesta a futuros festivos (en Madrid, el 3 de mayo es festivo y ya he preguntado qué horario debo realizar -nota post 3 de mayo: no me concedieron esa guardia, el silencio fue toda la respuesta que logré).
¿Perderemos la guerra?
Haré todo lo que esté en mi mano para ganar esta batalla pero, creo que, la guerra la estamos perdiendo porque la Dirección ha logrado que interioricemos que un derecho es un privilegio y que tengamos miedo a reclamar algo que nos concede la ley (los Tribunales están concediendo indemnizaciones a muchos trabajadores ante las negativas absurdas de las empresas).
Desconozco cómo ganar la guerra, pero creo que en esta situación se hacen absolutamente fundamentales dos cosas:
A pesar de la grandilocuencia del título del artículo, los derechos laborales se consiguen por medio de victorias en batallas pequeñas como estas. Minúsculas gotas de agua que abren la dura piedra. Que nadie espere regalos ni revoluciones.