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Días antes de cerrar esta revista, recibimos el fallo de la demanda que explicábamos (ver artículo "Algunas consideraciones...") había interpuesto nuestra compañera Laura contra Bankinter, S.A., a consecuencia del perjuicio que le ocasionaba el cambio de puesto de trabajo decidido por la empresa con la vulneración de los derechos fundamentales.
Los tribunales han dado la razón a nuestra compañera, consideran probado que se produce un trato discriminatorio hacia ella con vulneración de los derechos fundamentales por lo que se declara nulo el cambio de puesto de trabajo, y deberá ser restituida como subdirectora y en la misma oficina en la que se encontraba, en la 0506. Además el banco, deberá indemnizarla daños y perjuicios con una cuantía económica.
Y tratándose de una resolución del juzgado de lo social, el banco no podrá recurrir esta sentencia.
Tenemos que felicitar a Laura, porque no se resignó, ni admitió que su maternidad tuviera que ser un obstáculo en su vida profesional. Y que nadie le diera razones de su cambio.
Y a todas las demás madres y padres afectados (casi siempre mujeres), esta sentencia habría de servir para animarlas a denunciar aquellas situaciones que les suponga un perjuicio por ejercer los derechos vinculados a la maternidad/paternidad.
(Recordamos que a este respecto existe también una denuncia en la Inspección de trabajo)
Ansiábamos una sentencia favorable que pusiera muchas cosas en su sitio…
Los jefes tienen que gestionar personas y eso significa respetar la situación personal de los trabajadores, y mucho más si es una situación protegida como la maternidad. Además tienen que dejar de tratar a los empleados con tanta prepotencia, soberbia y desprecio. Si en lugar del ordeno y mando, se hubiese hecho una propuesta a Laura para eliminar el perjuicio económico que se le producía (pérdida de ascenso de nivel, eliminación del bonus comercial), se le hubiesen explicado los motivos del cambio y se hubiera tenido en cuenta su opinión, es decir, si se la hubiera tratado como a una persona, podría haberse solucionado este conflicto de otra manera.
Nos hemos cansado de escuchar que en Bankinter no se perjudica a la madre, ni se castiga a quién decide por ejemplo, acogerse a una reducción de jornada, porque nadie se ha quejado, o porque no hay ni una sola denuncia al respecto, pues bien, ya la tenemos, la primera denuncia que se produce, se gana en los tribunales. Ya no podrá jactarse el banco de que estas situaciones no existen. Es más a lo mejor deberíamos considerar que el argumento utilizado para negar estas situaciones de que nuestra Consejera Delegada es una mujer, es sólo una pantalla con la que precisamente se pretende tapar la realidad.
A lo mejor un actualizado plan de igualdad con medidas tendentes a solucionar las desigualdades que existen en Bankinter, podría haber evitado este juicio.
Argumentamos que sólo reclaman los delegados sindicales, si no ignoráramos su función, y se respetara su protección, quizás se hubiera podido evitar este juicio.
En definitiva, una sentencia que pone las cosas en su sitio, y que a alguno le habrá sacado los colores.
Madres (y padres) no dejéis que Bankinter vulnere vuestros derechos.