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TUS DERECHOS - JORNADA (REDUCCIóN DE JORNADA POR MENOR CON ENFERMEDAD GRAVE) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

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TUS DERECHOS - JORNADA (REDUCCIóN DE JORNADA POR MENOR CON ENFERMEDAD GRAVE)

 

 

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    Fecha de actualización: 04/09/2026

    JORNADA (REDUCCIóN DE JORNADA POR MENOR CON ENFERMEDAD GRAVE): Aclaraciones

    TUS DERECHOS: JORNADA (REDUCCIóN DE JORNADA POR MENOR CON ENFERMEDAD GRAVE) (Aclaraciones) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

     

    Protección: Según el articulo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores, sí se está disfrutando de este derecho cualquier despido disciplinario improcedente será nulo.

    Horario: Es el trabajador el que elige la hora de entrada y de salida en su jornada reducida. La empresa ni su responsable pueden imponer la jornada.

    Cotización: Si se solicita la reducción de jornada para el cuidado de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida, aunque perciba una pensión, los primeros 24 meses de la reducción de jornada se cotizan al 100%.Si después de esta reducción de jornada, el trabajador solicita una excedencia por el mismo motivo, todo el tiempo que se haya mantenido la reducción de jornada, se cotiza al 100%.

    Simulador: El Banco pone a disposición de los empleados un simulador donde consultar cómo quedará la nómina según el tiempo de reducción solicitado.

    Indemnización y paro: Si la reducción de jornada deriva de cuidado de una hija o hijo menor a cargo o de la atención de un familiar, la indemnización por despido y el desempleo se percibe como si la trabajadora o el trabajador estuvieran trabajando a jornada completa.

    IMPORTANTE
    La reducción de jornada no implica la firma de un nuevo contrato a tiempo parcial ni ninguna otra modificación contractual.

     

     
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    CONVENIO DE OFICINAS Y DESPACHOS

     

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