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No confundir este concepto con plus transitorio.
Si tienes una antigüedad anterior a 1996 puede que debas cobrar este concepto.
El Convenio dice:
"Excepcionalmente, los empleados y las empleadas que habiendo ostentado la categoría de Oficiales o Auxiliares Administrativos a 31.12.95 y percibieran a la misma fecha alguno o algunos de los complementos expresamente suprimidos por el XVII Convenio, en cuantía superior a la establecida en la tabla anterior, continuarán percibiendo el exceso, como complemento transitorio hasta que su cuantía quede totalmente compensada con los incrementos del nuevo plus de polivalencia funcional."
Estos conceptos son:
En el caso de que en 1995 hayas cobrado alguno de estos conceptos, y ahora no cobres en nómina el concepto Complemento transitorio, y tengas dudas envíanos un mensaje desde aquí