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Fecha de actualización: 05/06/2025
Si se acude a la cita:
El motivo de la citación es realizar al trabajador un reconocimiento para comprobar su estado de salud y/o proponer una prueba, tratamiento o intervención que sólo pueden hacer con el consentimiento del trabajador. Antes de consentir cualquiera de estas cosas es recomendable consultarlo con el médico que haya expedido la baja.
CUIDADO con lo que se firme en la Mutua porque puede estar el consentimiento en la letra pequeña. La Mutua solicitará al trabajador que aporte los informes médicos. Al parecer el sistema RED de la Seguridad Social al que accede la Mutua no contiene la historia clínica de los pacientes.
Tratamiento alternativo
Si el médico de la Mutua sugiere un tratamiento alternativo al prescrito por el médico de atención primaria, la recomendación es seguir siempre el tratamiento prescrito por el médico que dio la baja, salvo que ambos estén de acuerdo en el cambio.
Gastos de desplazamiento
(*Ver Regulación) Hay que solicitar a la Mutua que se haga cargo de todos los gastos de desplazamiento en los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, y en los casos de contingencias comunes, sólo de los gastos de desplazamiento para las revisiones de la incapacidad permanente y para los reconocimientos médicos de la incapacidad permanente tras los primeros doce meses. Sobre los gastos de desplazamiento del resto de citaciones por contingencias comunes, la ordenanza deja un vacío que se supone que se ha salvado con la contestación del Consejo del INSS de 21 de marzo de 2017 a una consulta de CCOO. En este sentido, nuestra recomendación es solicitar la compensación de todos los gastos, y en caso de no abonarlos hacer una reclamación.
La Mutua pone a disposición de los trabajadores un impreso que puede solicitarse en cualquiera de sus centros para realizar esta solicitud, pero es un formulario sólo para contingencias profesionales (abrir formulario). Carece de la parte reconocida y no discutida de la incapacidad permanente, y tampoco tiene un formulario para los gastos de contingencias comunes. Como hemos comentado antes, recomendamos la solicitud de todos los gastos.
El pago de los gastos de desplazamiento se realiza los días 25 de cada mes por transferencia bancaria.
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