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TUS DERECHOS - BAJAS LABORALES (INCAPACIDAD PERMANENTE) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

OPINIÓN DE Sección Sindical para BKCLIMA:

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Buenos días, anónim@:
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En respuesta a anónim@
Llevo sufriendo 2 años de acoso por parte de un cliente desde gdp buenas palabras pero nada mas, el protocolo que existe no sirve para nada, solo decir que cumple con la ley, papel mojado. Además de estrés y sobre carga de trabajo del día a día. Plantilla incompleta. Rotaciones

TUS DERECHOS - BAJAS LABORALES (INCAPACIDAD PERMANENTE)

 

 

CONVENIO DE BANCA

DERECHOS GENERALES

  • Generalidades

    Este texto afecta solo a:

    • Derechos generales

    Fecha de actualización: 29/01/2026

    BAJAS LABORALES (INCAPACIDAD PERMANENTE): Generalidades

    TUS DERECHOS: BAJAS LABORALES (INCAPACIDAD PERMANENTE) (Generalidades) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

     

    Incapacidad permanente (IP) es la situación en la que un trabajador, después de haberse sometido a un tratamiento médico, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral.

    Corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos correspondientes y en todas las fases del procedimiento (cualquiera que sea la Entidad gestora o colaboradora que cubra la contingencia de que se trate), evaluar, calificar y revisar la incapacidad y reconocer el derecho a las prestaciones económicas contributivas de la Seguridad Social por incapacidad permanente, en sus distintos grados, así como determinar las contingencias causantes de la misma.

    Esta incapacidad tiene distintos grados:

    • Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: la que ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión.
    • Incapacidad permanente total para la profesión habitual: la que inhabilita al trabajador para realizar todas, o las fundamentales de la profesión, pero puede dedicarse a otras distintas.
    • Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: la que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
    • Gran invalidez: en la que se necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida (vestirse, desplazarse, comer,…)

     

     
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  • Requisitos, cuantías, compatibilidades,...
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  • Revisión y plazos
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