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TUS DERECHOS - PERMISOS (PATERNIDAD) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

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TUS DERECHOS - PERMISOS (PATERNIDAD)

 

 

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    Fecha de actualización: 11/09/2025

    PERMISOS (PATERNIDAD): Permiso de paternidad

    TUS DERECHOS: PERMISOS (PATERNIDAD) (Permiso de paternidad) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

     

    El permiso de paternidad es una licencia retribuida, personal e intrasferible.

    Desde el punto de vista económico es un subsidio  gestionado por la Seguridad Social, que garantiza el 100% de la base reguladora correspondiente al salario del trabajador, siempre que se cumplan los requisitos de cotización exigidos.

    Este derecho se reconoce a los trabajadores que suspenden su contrato de trabajo durante los días legalmente establecidos, con motivo del nacimiento de un hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

    El 1 de abril del 2019 entró en vigor por el Real Decreto 6/2019 de 1 de marzo, ampliando la duración del permiso de paternidad a 8 semanas que se extendió a 12 semanas en enero del 2020. Un año después (enero 2021) se establecen las 16 semanas.

    La modificación de 2021, además de la ampliación trae otras modificaciones que buscan mejorar la corresponsabilidad, equipara los permisos de maternidad y paternidad y hace obligatorias las seis primeras semanas. En el caso de familias monoparentales se dispondrá de 26 semanas retribuidas, según sentencia del Tribunal Constitucional.

    A partir del 31 de julio del 2025, la licencia por nacimiento, adopción o acogimiento se amplía a un total de 19 semanas, que se dividen en tres bloques:

    • 6 semanas obligatorias;
    • 11 semanas no obligatorias se pueden disfrutar de forma fraccionada en períodos semanales, a jornada completa o a tiempo parcial (siempre con acuerdo de la empresa), y hasta los 12 meses de vida del bebé. Cada periodo o fracción debe ser de semanas completas y se debe comunicar a la empresa con al menos 15 días de antelación o lo que el convenio colectivo establezca...
    • 2 semanas que se pueden disfrutar de forma flexible: en periodos semanales, acumulados o interrumpidos, hasta que el menor cumpla 8 años. Para hacer uso de este derecho, se debe comunicar a la empresa con una antelación mínima de 15 días.

    En el caso de familias monoparentales se dispondrá de 32 semanas retribuidas. Se ha ampliado en tres semanas sobre el permiso de 19 semanas para familias biparentales, y en 16 semanas sobre las 16 semanas iniciales del permiso de 2023.

    La distribución para las familias monomarentales es:

    • 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento. 
    • 22 semanas adicionales que se pueden disfrutar de forma flexible (en periodos acumulados o interrumpidos) hasta que el menor cumpla 12 meses.
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    • 4 semanas más que pueden usarse hasta que el hijo/a alcance los 8 años de edad.

     

     
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  • ¿Cómo disfrutar del permiso?
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  • Aclaraciones
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  • Requisito
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  • Trámites
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