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NÓMINA CONVENIO BANCA: KC4 Diferencia artículo 15.4.2 2026 - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

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BKGS-CONSULTORÍA EN LUCHA

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201 trabajadores comprometidos.

BKGS Consultoría tiene 401 trabajadores


Imagina que mañana la Dirección de la Empresa decida que tu salario se reduce un 20%, que tu jornada laboral aumenta 100 horas mínimo al año, que la jornada intensiva de verano se limita a agosto, mes en el que te vas de vacaciones,... Eso fue lo que la Dirección de Bankinter decidió en 2010. Tras 40 años siendo un banco y realizando trabajos de empleados de banca decidió que BKGS fuera una consultora con personas haciendo trabajos de banca, pero con condiciones de Consultoría.

Una parte esencial del banco quiere decir BASTA y ha emprendido una lucha por mejorar sus condiciones (leer más...)

ÍNDICE CONCEPTOS NÓMINA

NÓMINA CONVENIO BANCA: KC4 Diferencia artículo 15.4.2 2026

CONCEPTO CONVENIO / Este concepto PUEDE aparecer en tu nómina si cumples algún requisito de Convenio o por algún acuerdo firmado con el Banco.

Este concepto lo cobrarán sólo los empleados que tengan categoría nivel 8 y con una antigüedad superior a 24 años. Se ha reducido a 18 años de antigüedad según acuerdo firmado por la Sección Sindical con la Empresa.

El personal ascendido a nivel 8 deja de cobrar conceptos correspondientes al grupo administrativo (plus funcional), por lo que durante un tiempo su salario podría llegar a ser inferior al de un administrativo de nivel 9. Este concepto viene a contrarrestar esta perdida mientras el empleado no cambie de nivel.

El artículo de Convenio dice:

El personal ascendido al Nivel 8 no podrá percibir a partir de la fecha en que le correspondiera hipotéticamente la asimilación al Nivel 8, una cantidad inferior a la que pudiera corresponderle por Convenio en tal situación. Mientras hubiere tal diferencia su importe figurará en el recibo de haberes bajo el concepto 'diferencia artículo 15.4.2'