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NÓMINA CONVENIO BANCA: Plan de pensión 2026 - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

PRÓXIMOS EVENTOS CÓGELO EN FEBRERO ¡EL DÍA DEL PADRE 2.000 EUROS! - El día del padre te pueden tocar 2.000 euros al CCOOPONAZO, para optar a este premio tendrás que coger tus números en febrero... +info

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BKGS-CONSULTORÍA EN LUCHA

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271 trabajadores comprometidos.

BKGS Consultoría tiene 401 trabajadores


Imagina que mañana la Dirección de la Empresa decida que tu salario se reduce un 20%, que tu jornada laboral aumenta 100 horas mínimo al año, que la jornada intensiva de verano se limita a agosto, mes en el que te vas de vacaciones,... Eso fue lo que la Dirección de Bankinter decidió en 2010. Tras 40 años siendo un banco y realizando trabajos de empleados de banca decidió que BKGS fuera una consultora con personas haciendo trabajos de banca, pero con condiciones de Consultoría.

Una parte esencial del banco quiere decir BASTA y ha emprendido una lucha por mejorar sus condiciones (leer más...)

ÍNDICE CONCEPTOS NÓMINA

NÓMINA CONVENIO BANCA: Plan de pensión 2026

CONCEPTO CONVENIO / Este concepto SIEMPRE debe aparecer en tu nómina en alguno de los meses del año.

Anualmente los empleados de banca recibirán una aportación mínima anual de 550 euros como plan de pensiones según marca el Convenio de Banca en su artículo 45.6:

6.- Las Empresas incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio dispondrán de un Sistema de Previsión Social Complementario de aportación definida a favor del personal en activo contratado a partir del 8 de marzo de 1980, a quienes hace referencia el punto anterior y que cuenten al menos con dos años de antigüedad en la Empresa. Esta antigüedad, a partir del 2 de julio de 2022, ha quedado limitada a un mes, con motivo de la entrada en vigor de la Ley 12/2022, de 30 de junio,
La aportación anual mínima a cargo de la Empresa será de 550 euros anuales...

Este plan se rige por la normativa de la Seguridad Social en cuanto a cotización en especie y tiene un coste mínimo para el empleado que puedes consultar desde aquí.

Las condiciones del plan individualizado contratado por la Empresa con la Mutua están recogidas en la intranet

Este plan afecta a los empleados contratados a partir del 8 de marzo de 1980, los contratados con anterioridad a esa fecha mantienen el beneficio anterior de mutualista que ya se regía por los puntos 1 a 5 del artículo 45 de dicho Convenio.