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Para más información puedes consultar la guía sobre el uso de las cookies elaborada por la Agencia Española de Protección de Datos en https://www.aepd.es/sites/default/files/2020-07/guia-cookies.pdf
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| Cookie | Tipología | Propósito |
|---|---|---|
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Estado: Aceptado
Colectivo al que afecta: Grupo Bankinter,
Convenio al que afecta: Banca, Consultoria, Contact Center, Oficinas y Despachos, Seguros y Reaseguros,
ACUERDO
La circular del bonus establece que no se cobra el premio si se tiene auditoría C o D. Según la sentencia 80/2023 de la AN no se puede imponer a un trabajador una multa de haber. Exigimos su eliminación.
La empresa ha modificación la circular de las condiciones generales del bonus comercial en marzo de 2024.
En el apartado 'Requisitos para el devengo del Bonus Comercial y de Fidelización' se han eliminado estos párrafos:
'No haber tenido durante el semestre una calificación C o D en las auditorías realizadas de Intervención, de Riesgo de Crédito o de Contratos, ni en las revisiones de procedimientos de Prevención de Blanqueo de Capitales, salvo en caso de que dicha calificación se deba a deficiencias de procesos no imputables a los empleados del centro.
En relación con las auditoría, podrán establecerse condiciones adicionales específicas para determinados en empleados (i.e. Subdirectores o Interventores) que deberán cumplirse, en todo caso, para que se produzca el devengo de su Bonus Comercial y de Fidelización.
La obtención de alguna de estas calificaciones en las auditorías realizadas, dará lugar al no devengo del Bonus del semestre en el que se produzca la auditoría para la plantilla del Centro/Oficina/Área. Además, se producirá la suspensión cautelar del Bonus Comercial y de Fidelización del semestre posterior, sea del mismo año o el siguiente.
Una vez analizado el motivo de la sanción, ésta podrá lugar al no devengo o al devengo parcial del Bonus Comercial y de Fidelización.
Finalmente, podrá establecerse la suspensión cautelar del devengo del Bonus Comercial y de Fidelización, en el caso de que la Centro/Oficina/Área tenga una Auditoría en curso que pudiera derivar en una calificación C o D, o esté en curso de un expediente de esclarecimiento de hechos que pudiera derivar en una sanción disciplinaria, tal y como se establece en este apartado.'
Y se han incluido estos:
'A los efectos del devengo del Bonus Comercial, no se computarán aquellos objetivos que se hayan alcanzado como resultado de comportamientos que vulneren mandatos de los reguladores bancarios para la comercialización de productos financieros, o no cumplan las políticas internas así como los procedimientos establecidos, o haya quedado debidamente probada la mala praxis o el comportamiento indebido del empleado, o fraude en su consecución, a través de los sistemas de control de la entidad.
El Banco se reserva la opción de reclamar judicialmente la devolución de los importes abonados por el cumplimiento de objetivos si fueran detectados estos comportamientos indebidos o mala praxis con posterioridad a la liquidación del Bonus Comercial.'
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