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NEGOCIACIONES - BENEFICIO SOCIAL (PERMISO POR FUERZA MAYOR - ART 39-7) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

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OPINIÓN DE El cid Campeador para BKCLIMA:

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Hace días perdí,
todo complemento,
en ese treinta de subida...
...(leer más)
Hace días perdí,
todo complemento,
en ese treinta de subida...
Hoy te intento contar
Que todo va bien,
aunque no me lo creo...
Aunque a estas alturas
Un último esfuerzo,
es que yo no lo veo...
Y aun cumpliendo en seguros,
las nubes se van,
mas el complemento no regresa...

NEGOCIACIONES - BENEFICIO SOCIAL (PERMISO POR FUERZA MAYOR - ART 39-7)

 

 

SERVICIO

PRODUCTO BANCARIO

AYUDA ECONóMICA

CONCILIACIóN

  • ACUMULACIÓN DE HORAS DE LACTANCIA
  • LICENCIA DE MATRIMONIO PARA PAREJAS DE HECHO
  • REDACCIÓN PREMIO 25 AÑOS
  • MES SABÁTICO VS SEMANA DE VACACIONES
  • LACTANCIA ERRÓNEA EN INTRANET
  • PERMISO POR FUERZA MAYOR - ART 39-7

    Estado: Aceptado
    Colectivo al que afecta: Grupo Bankinter,
    Convenio al que afecta: Banca, Consultoria, Contact Center, Oficinas y Despachos, Seguros y Reaseguros,

    PERMISO POR FUERZA MAYOR - ART 39-7

    NEGOCIACIONES: PERMISO POR FUERZA MAYOR - ART 39-7 - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

    La empresa entiende que para disfrutar del permiso de 4 días por fuerza mayor, previamente debe encontrarse el trabajador en el puesto de trabajo.

     


    - 14/10/2024 Instamos a la empresa a que modifique su política sobre este derecho, pues cualquier permiso del ET puede disfrutarse sin necesidad de encontrarse previamente en el puesto de trabajo.


    - 05/11/2024 La empresa rechaza nuestra petición. Iniciamos la vía judicial.


    - 11/12/2024 La empresa acepta nuestra interpretación y se compromete en acuerdo del SIMA a modificar su reglamento interno antes del 31 de diciembre de 2024.

     

    ACUERDO

    La empresa entiende, y así lo establece en su normativa interna, que para disfrutar del permiso de 4 días por fuerza mayor, previamente debe encontrarse el trabajador en el puesto de trabajo.

    Entendemos que, claramente, esta interpretación de la empresa vulnera los derechos de los trabajadores, por lo que solicitamos su modificación, pues cualquier permiso del ET puede disfrutarse sin necesidad de encontrarse previamente en el puesto de trabajo.

    Ante la negativa de la empresa iniciamos la vía judicial que, como primer paso, se atiende en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje). Ante este organismo la empresa acepta nuestra interpretación por lo que no el trabajador no deberá encontrarse en el puesto para ejercer el derecho a este permiso. La empresa se compromete también a modificar su normativa interna.

     

     

     
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