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TUS DERECHOS - BAJAS LABORALES (MUTUA) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

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TUS DERECHOS - BAJAS LABORALES (MUTUA)

 

 

DERECHOS GENERALES

  • Datos Personales - Atención al Cliente - Contingencia común
  •  

  • Contigencia profesional - Accidente in itinere
  •  

  • Citaciones (si no se acude a la cita)
  •  

  • Citaciones (si se acude a la cita)
  •  

  • Esquema del proceso de citación
  •  

  • Propuesta de alta médica - Larga duración

    Este texto afecta solo a:

    • Derechos generales

    Fecha de actualización: 23/02/2023

    BAJAS LABORALES (MUTUA): Propuesta de alta médica - Larga duración

    TUS DERECHOS: BAJAS LABORALES (MUTUA) (Propuesta de alta médica - Larga duración) - Servicios CCOO. Grupo Bankinter

     

    PROPUESTA DE ALTA MÉDICA

    En las contingencias comunes, como resultado de la revisión puede producirse una propuesta de alta médica, que debe comunicarse al trabajador. Funciona así:

    • La mutua envía la propuesta a la inspección médica del SPS (Servicio Público de Salud) e informa al trabajador.
    • El SPS se la remite al médico de atención primaria del INSS, que tiene 5 días para responder.
      • El médico acepta la propuesta y emite el alta.
      • El médico no acepta la propuesta y confirma la baja o no responde.
        • La Mutua puede solicitar el alta al INSS.
        • El INSS debe responder en 4 días.
          • El INSS confirma la baja.
          • El INSS acepta la propuesta y emite el alta.

    Si se acepta la propuesta, el trabajador sólo deberá incorporarse al día siguiente de recibir la notificación del alta. El trabajador puede solicitar la revisión del alta médica en el plazo de 10 días reclamando al INSS, adjuntando el historial médico e informando a la empresa, porque la reclamación al INSS prorroga la situación de baja hasta que este resuelva. Si lo hace a favor, el trabajador sigue de baja. Si lo hace en contra, el trabajador debe reincorporarse y no percibirá la prestación de esos días.


    ESQUEMA DE PROPUESTA DE ALTA MÉDICA


    LARGA DURACIÓN

    Después de 365 días de permanecer en una situación de baja médica la Mutua pasa el expediente al INSS, con un informe en el que puede proponer la prórroga de la situación de baja, el paso a la incapacidad o la emisión del alta.Los partes de baja, confirmación y alta son expedidos por la Mutua. Cuando se produzca un accidente laboral el trabajador deberá avisar al Servicio de Prevención (Noemí Salamanca) para que la empresa envíe por mail a la Mutua el 'parte de asistencia' con el que se justifica que se trata de una contingencia profesional. En accidentes 'in itinere' el parte puede presentarse con posterioridad.

    Si debido a la urgencia no es posible acudir a la Mutua, el trabajador puede ir a un centro de salud u hospital avisando de que se trata de un accidente laboral, para que lo atiendan en primera instancia. Posteriormente deberá comunicar el accidente al Servicio de Prevención y acudir a la Mutua.

    IMPORTANTE, si la baja por contingencia profesional ha sido de larga duración, cuando el trabajador se incorpore a su puesto, la empresa está obligada a que el Servicio de Prevención (Noemí Salamanca) realice una evaluación del puesto de trabajo por si hubiera que realizar alguna readaptación. En teoría la Mutua debe ponerse en contacto con el Servicio de Prevención para exigir esta evaluación.

     

     
  •  

  • Discrepancias en Contingencias Profesionales - Reclamar a la Mutua
  •  

  • Trabajadores con Especial Sensibilidad - Comisión de Prestaciones Especiales para Contingencias Profesionales
  •  

     

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